Lo que dice, literal
Disposición adicional decimonovena de la Ley 7/2022, Contratos reservados en la gestión de residuos textiles: los contratos de las administraciones públicas «serán licitados y adjudicados de manera preferente a través de contratos reservados».
Y el apartado 2, que convierte una preferencia en una métrica: «al menos el 50% del importe de adjudicación deberá ser objeto de contratación reservada». La remisión es a la disposición adicional cuarta de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.































