Allá se defiende una nota. Aquí se defiende una clasificación, y se defiende con la ficha técnica.

Dos plantas con el mismo residuo pueden declarar tasas distintas. La ley dice dónde va la balanza

Una tasa de reciclado no es una medición: es una división, y el numerador depende de un punto físico del proceso. El anexo VIII de la Ley 7/2022 fija ese punto.

La regla general: se pesa a la entrada del reciclado

Anexo VIII, apartado 2 de la Ley 7/2022: «el peso de los residuos municipales se medirá cuando los residuos entren en la operación de reciclado».

El apartado 1.b) explica por qué ahí: cuenta el peso de los residuos que ya pasaron «todas las operaciones de control, clasificación y previas… para eliminar materiales que no estén previstos en la posterior transformación».

El rechazo del triaje queda fuera del numerador. Ésa es toda la sustancia de la regla.

La excepción, y sus dos condiciones

Se puede pesar a la salida de la clasificación sólo si los residuos de salida «sean reciclados posteriormente» y si el peso de lo eliminado antes y no reciclado «no se incluya en el peso comunicado como reciclado».

Se puede mover la balanza; no se puede mover el criterio. Y el apartado 3 exige «un sistema efectivo de control de calidad y trazabilidad» apoyado en el Sistema electrónico de Información de Residuos.

Hay además una válvula que conviene conocer: los índices medios de pérdidas «solo se utilizarán en casos en los que no puedan obtenerse datos fiables de otro modo». Una cifra calculada así es una estimación reglada, no una pesada.

La otra confusión: reutilización no es reciclado

El artículo 26 fija 55% en 2025, 60% en 2030 y 65% en 2035, con un mínimo de preparación para la reutilización del 5%, 10% y 15%, descrito como «fundamentalmente de residuos textiles».

Y la reutilización se pesa con otra definición, del anexo VIII 1.a): productos o componentes que pasaron «control, limpieza y reparación… sin clasificación o tratamiento previo adicionales».

Un informe que suma las dos en una sola cifra pierde justamente el subobjetivo donde el textil pesa más.

Las preguntas que hay que hacerle a cualquier porcentaje

Dónde se pesó; si el rechazo está descontado; si es pesada o índice medio de pérdidas; si reutilización y reciclado van separados; y de qué año y qué ámbito es el dato. El cálculo lo hace el ministerio con datos de las comunidades autónomas, así que una cifra de una planta y una estatal no se comparan sin decirlo.

¿Dónde se pesó?¿Rechazo descontado?¿Pesada o índice?¿Separa reutilización?¿Año y ámbito?
Un porcentaje sin su punto de pesaje no es una medición. Es una división.
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