Allá se defiende una nota. Aquí se defiende una clasificación, y se defiende con la ficha técnica.

La recogida separada de textil venció el 31 de diciembre de 2024

No es una recomendación ni un objetivo para 2030. Es una obligación de las entidades locales, con fecha escrita en el artículo 25, y la fecha ya pasó. Lo que cambia para una empresa es menos obvio de lo que parece.

La obligación, y su fecha

Artículo 25.2 de la Ley 7/2022: «las entidades locales establecerán la recogida separada de, al menos, las siguientes fracciones de residuos de competencia local», y entre ellas «los residuos textiles antes del 31 de diciembre de 2024».

La misma fecha rige para los aceites de cocina usados y los residuos domésticos peligrosos. El textil entró en el mismo paquete que el resto de las fracciones nuevas.

La frase que decide a dónde puede ir su ropa corporativa

La clave está en cinco palabras del encabezado: «residuos de competencia local».

El artículo 2 define como domésticos los generados en los hogares y los asimilables de servicios e industrias «que no se generen como consecuencia de la actividad propia del servicio o industria». Un lote de uniformes retirados de servicio es exactamente eso último.

Es una distinción aburrida y es la que decide si una empresa está cumpliendo o trasladando su coste de gestión a un servicio que no se dimensionó para ella.

El contenedor de ropa del municipio no es la salida de un parque de uniformes: es la salida del armario de un vecino.

Lo que la ley prohíbe hacer con lo recogido por separado

El artículo 25.1 cierra la puerta de atrás: «Se prohíbe la incineración, con o sin valorización energética, y el depósito en vertedero de los residuos recogidos de forma separada para su preparación para la reutilización y para su reciclado».

Con una excepción tasada para los residuos generados dentro de esas operaciones, que sólo pueden ir a incineración o vertedero «si estos últimos destinos ofrecen el mejor resultado medioambiental». Traducido: separar algo y después quemarlo no es una opción de gestión.

Qué hacer, según de qué lado se esté

Si gestiona residuos municipales: la fecha venció y el subobjetivo de preparación para la reutilización del artículo 26 depende directamente de esa fracción.

Si es una empresa con ropa corporativa: no use el circuito doméstico, contrate la gestión y pida el destino por escrito, y distinga reutilización de reciclado en su reporte. La ley las cuenta por separado y con porcentajes distintos; un informe que las suma pierde justo la parte que la ley premia más.

El contenedor del municipio no es la salida de un parque de uniformes. Es la salida del armario de un vecino.
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